Redacción

Dentro del mes del orgullo, México fue elogiado por la Organización de las Naciones Unidas (ONU) luego de haber dado un paso hacia adelante en la protección a la integridad de las personas pertenecientes a la comunidad LGBTI+ después de que el Gobierno, tras años de lucha, declarara prohibidas las ‘terapias de conversión’

El Programa Conjunto de las Naciones Unidas en su extensión dedicada al VIH/Sida (ONUSIDA) se destacó la decisión de erradicar esta clase de prácticas que vulneraban varios derechos humanos de los implicados después de que esta ley entrara en vigor durante la primera semana de junio.

Por medio de un informe en representación a Luisa Cabal, directora regional de la división de América Latina y el Caribe, la institución destacó: “La decisión de México de poner fin a esta práctica nociva contribuirá a garantizar la salud pública. Todos los países deberían seguir el ejemplo de México”.

¿Qué dice la ley?

Tras ser ratificada por las cámaras de Diputados y Senadores, en esta nueva reforma se estipularon penas que van entre los dos y seis años en prisión para quien efectúe las ‘terapias de conversión sexual’ en donde se busca que las personas puedan cambiar su identidad de género u orientación sexual de forma obligatoria.

Sin embargo, no solo los supuestos profesionales que realicen estar prácticas están contemplados para ser castigados, pues aquellos familiares (padre, madre o tutor) que sea partícipe en la violación de los derechos de las víctimas también serán acreedores a una sanción que será emitida por un juez pertinente.

Mismo caso para aquellos que intenten ingresar a cualquier persona a estas ‘terapias’ valiéndose de su relación labora, médica, docente, doméstica o cualquiera de poder, sobre todo si se trata de la función pública, se harán acreedores a la inhabilitación y destitución de su cargo por un periodo parecido a las penas en prisión.

Desmienten éxito de estas prácticas

A raíz de que en 1990 la Organización Mundial de la Salud (OMS) determinara que la homosexualidad no puede considerarse como una enfermedad y retirara el término de la Clasificación Internacional de Enfermedades (CIE), la lucha por erradicar supuestas formas de ‘curar’ a los miembros de la comunidad LGBTI+ ha avanzado de manera sólida.

En ese sentido, la ONUSIDA destacó que expertos en salud y derechos humanos ya han constatado que las ‘terapias de conversión’ no solo no revierten la orientación de las personas sino que contribuyen a la generación de trastornos psicológicos e incluso se ha documentado que también puede causar daños físicos en aquellos que recibían el supuesto tratamiento. Aunado a ello, advierten que no hay ninguna justificación médica para enviar a los pacientes a recibir esta presunta cura.

“Las prácticas estigmatizantes perjudican la salud pública. Garantizar la inclusión, la aceptación y el respeto de los derechos humanos de todas las personas es vital para proteger la salud de cada una. El estigma mata y la solidaridad salva vidas”, agregó Cabal.

¿Qué son las terapias de conversión?

También conocidas como terapias reparativas, son prácticas pseudocientíficas que buscan cambiar la orientación sexual, identidad de género o expresión de género de una persona. Estas terapias parten de la premisa de que la homosexualidad o la identidad de género no cisnormativa son patologías que pueden ser “curadas”.

La mayoría de la comunidad médica y psicológica internacional rechaza estas prácticas, considerando que carecen de sustento científico y pueden causar daños psicológicos significativos a quienes se someten a ellas. Diversos países y estados han implementado prohibiciones para proteger a las personas, especialmente a menores de edad, de estos métodos.