¿Sabes qué es la modalidad 40? / Por Tere Velasco

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Si por alguna razón dejaste de trabajar o terminaste tu relación laboral con tu patrón y estás cerca del retiro, la Modalidad 40 puede ser una opción, pero antes es importante asesorarte.

La Modalidad 40 es la Continuación Voluntaria del Régimen Obligatorio del Seguro Social y permite que las personas trabajadoras que hayan dejado de cotizar con un patrón continúen con aportaciones para incrementar sus semanas cotizadas y así mejorar el monto de su pensión por cesantía o vejez.

De acuerdo con la Comisión Nacional para la Protección y Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros (Condusef) estos son los derechos que se tienen con esta modalidad.

• Seguro de invalidez y vida.
• Seguro de retiro en edad avanzada y vejez.
• Continuar acumulando semanas de cotización.
• Recursos en tu cuenta individual.
• Registro del salario base de cotización deseado.
• Aportaciones a tu Afore.

¿La Modalidad 40 es para todas las personas?

Aunque esta modalidad permite al trabajador seguir dando las aportaciones e inscribirse ante el IMSS con un salario de hasta 25 UMAS, solo está dirigida a las personas que se encuentran sin relación laboral formal, cotizaron por lo menos 52 semanas en los últimos 5 años y se encuentran bajo la Ley de 1973. Además de tener el objetivo de seguir aportando cada 30 días el 10.075% aproximadamente del salario que cotiza al IMSS (el cual puede ser mayor o igual), con el fin de seguir acumulando sus derechos, y de ese modo obtener una pensión más cuantiosa.

Algo muy importante que debes saber es que bajo la Modalidad 40 no tendrás acceso a los servicios médicos del IMSS. Para poder tener derecho a recibir atención médica, quirúrgica, farmacia y hospitalización, es necesario contratar la modalidad 33 que ofrece la Ley del Seguro Social, referente al Seguro de Salud para la Familia.

Asimismo, no incluye cotizaciones para la vivienda, pues los depósitos que se realicen bajo esta modalidad no hacen aportaciones al INFONAVIT, sólo sirven para financiar el salario promedio, aumentar las semanas cotizadas y contribuyen a la Afore.

¿Con qué salario debo cotizar?

El pago se lleva a cabo cada mes y corresponde al equivalente al 10.075% del monto del salario con el que se decide cotizar, no puede ser menor a aquel con el que se estaba inscrito a la fecha de baja de tu último trabajo formal y no puede ser mayor al tope que marca el artículo 28 de la Ley del Seguro Social (25 veces el salario mínimo general en la CDMX).

Es importante analizar cuánto es lo que podrás cotizar, pues una vez asignado un salario éste no se puede modificar.

¿Cómo inscribirse a esta modalidad?

Puedes hacer el registro en línea o presencial. Toma en cuenta que personas expertas en la materia aconsejan cotizar en la Modalidad 40 cuando te encuentras en alguna de estas 2 situaciones:

a) Estas en la Ley del IMSS 1997, con menos de 60 años y menos de mil 250 semanas cotizadas, además de no estar cotizando. (Aquí puedes realizar la Modalidad 40 y aportaciones voluntarias a tu Afore)

b) Estas en la Ley del IMSS 1973, con un promedio salarial bajo ante el IMSS y tienes menos de 60 años. (Aquí puedes realizar la Modalidad 40 y aportaciones voluntarias a tu Afore).