Sader vigilará la transformación de los despojos de origen pecuario que se utilizan en la fabricación de alimentos para animales

La Secretaría de Agricultura y Desarrollo Rural publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF) la Norma Oficial Mexicana NOM-060-SAG/ZOO-2020, cuyo propósito es regular la transformación de los despojos de origen pecuario que se utilizan en la fabricación de alimentos para animales, cuyo objeto es preservar la salud de los animales de consumo.

Lo anterior permite disminuir el riesgo de que ingresen al país enfermedades como la Encefalopatía Espongiforme Bovina (EEB), también conocida como mal de las vacas locas y el prurigo lumbar (scrapie), que afectan a los rumiantes, dicha regulación queda establecida en la NOM-060-SAG/ZOO-2020, Especificaciones zoosanitarias para la transformación de despojos animales y su empleo en la alimentación animal, detalló la dependencia federal.

Recordó que desde 2016, México cuenta con el reconocimiento de riesgo insignificante en EEB, otorgado por la Organización Mundial de Salud Animal (OMSA).

Quieren evitarán pérdidas económicas

Para mantener el estatus, a través de esta norma, el Servicio Nacional de Sanidad, Inocuidad y Calidad Agroalimentaria (Senasica) fortalece las medidas de control, vigilancia de despojos y subproductos de bovinos y sus procesos de transformación, agregó.

Con la emisión de esta Norma Oficial Mexicana, se robustecen los controles necesarios para el proceso, uso y comercialización del producto obtenido de proteínas de origen animal, nacionales o importadas, agregó.

De esta manera, el Senasica promueve los procesos de producción óptimos, con el fin de prevenir la introducción y propagación de plagas y enfermedades de los animales que puedan ser transmitidas a través del empleo de despojos y subproductos de animales que no han sido sometidos a un proceso adecuado de transformación y control.

 Dijo que, sin los mecanismos de defensa operados por el órgano de la Secretaría de Agricultura, el ingreso de la EEB al sistema de alimentación rumiante significaría un importante impacto negativo para la ganadería y la industria cárnica, ya que ocasionaría riesgos para la salud humana, así como pérdidas económicas para el mercado nacional y de exportación.

 La presente norma fue modificada y aprobada como definitiva en la Tercera Sesión Ordinaria del Subcomité de Protección Zoosanitaria, celebrada el 22 de septiembre de 2021, y posteriormente aprobada como definitiva en la Sesión Extraordinaria del Comité Consultivo Nacional de Normalización Agroalimentaria el pasado 30 de mayo del presente año.