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A partir de 2023, decenas de trabajadores en el país comenzaron con el disfrute de sus vacaciones dignas, es decir, que a partir de este año, miles de personas tuvieron un incremento de días de descanso continuo.

Y es que con la nueva reforma de vacaciones dignas, que rige el artículo 78 de la Ley Federal del Trabajo, las personas tienen derecho a solicitar 12 días de vacaciones en lugar de 6 como se daban antes.

Sin embargo, hay que recordar que el número de días de vacaciones que le toquen se calcularán respecto a la antigüedad que tenga cada trabajador. Además, se trata de un derecho irrenunciable al que podrán acceder todos los empleados en una compañía.

Pero ¿Cuántos días me tocarán si cumplo un año en la empresa en 2024?

Como ya se mencionó anteriormente, con la nueva reforma se puede acceder a 12 días de descanso, siempre y cuando tenga un año de labores ininterrumpidas en la compañía para la que presta sus servicios.

Y comenzará su aumento cada año, respecto a la antigüedad de cada uno de los trabajadores. Es decir, aumentará dos días cada año hasta topar en 20 días en caso de llegar a 5 años seguidos en la misma compañía.

Luego aumentará dos días más por cada 5 años en la misma empresa. Por ejemplo de 6 a 10 años corresponderá 22 días de vacaciones. Mientras que de 10 años a 15 serán 24 y así sucesivamente.

En el cuadró se representa el tiempo de descanso para cada persona a partir de un año laboral.

De acuerdo con la información de las vacaciones dignas, aquellos que ingresaron a una compañía antes de 2023, también podrán disfrutar de las mismas, pues hay que recordar que sin importar su año de ingreso, cuando se cumple un año o más a partir de 2023, entonces tendrá derecho al tiempo que establece la nueva reforma.

Hay que recordar que el período vacacional deberá solicitarse en común acuerdo entre el patrón y el trabajador. Será indispensable que se acuerden con anticipación y según las políticas que lleve en su empresa.

En caso de no autorizar las vacaciones por falta de personal, no son acumulables y deberán concederse dentro de los 6 meses siguientes al cumplimiento de su año de servicios. También será necesario recalcar que las vacaciones no pueden intercambiarse por dinero.

Si una persona trabaja medio turno también tendrá derecho a recibir está prestación, ya que se trata de un derecho y dependerá de los años de servicio desde que firmó contrato para prestar sus servicios con la compañía, y no de la jornada laboral que haya pactado con la misma.

Si un trabajador tiene problemas para que le otorguen sus vacaciones o algún otro conflicto relacionado, entonces podrá acudir a las oficinas de la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (Profedet), donde le será brindada asesoría gratuita y personalizada.

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