Redacción

Uno de los documentos de mayor importancia para los mexicanos es el acta de nacimiento, pues con ella se puede realizar todo tipo de trámite personal para la consecución de beneficios, como el acceso a instituciones educativas, programas sociales y actividades laborales, por ello, un error en dicha acta puede convertirse en un futuro problema.

Cómo corregir un acta de nacimiento
Para el Estado de México (Edomex), la corrección del acta de nacimiento se realiza a través de la Subdirección del Registro Civil, el Departamento Jurídico de la Dirección General del Registro o la Oficina Regional.

La corrección en la dependencia tiene un costo de 132 pesos, con una validación oficial y permanente, y se puede pagar en bancos o centros comerciales autorizados. Al igual que la de nacimiento, las actas que también pueden tener cambios son las de matrimonio, de divorcio administrativo, entre otras.

Requisitos

Las personas que deseen corregir algún error en su acta deberán presentarse en cualquiera de las dependencias anteriores con los siguientes documentos:

-Dos copias certificadas de no más de seis meses de antigüedad del acta que se pretende aclarar o complementar, una expedida por la Oficialía y otra por el archivo de la Dirección General; ambos documentos deben ser copia fiel del libro respectivo.

-Copias expedidas con una certificación de no más de un año de antigüedad de las actas de nacimiento, matrimonio de los padres, del propio interesado o de un hermano.

-Los datos del acta cuya aclaración o complementación se solicita, así como el señalamiento preciso de los errores u omisiones que contenga el acta.

Procedimiento

1.- Acudir a la Oficialía del Registro Civil donde se asentó el primer registro

2.- Solicitar copia fiel del libro donde se encuentra el acta asentada a corregir

3.- Acudir a la Oficina Regional correspondiente

4.- Presentar ante el abogado dictaminador del Registro Civil los documentos para elaborar la Aclaración

Correo electrónico
En caso de que el acta se encuentre capturada en la Base de Datos Nacional del Registro Civil y tenga errores, es necesario solicitarlos por correo electrónico directamente a la Oficialía correspondiente.

Procedimiento

1.- Consultar la dirección del correo electrónico de la Oficialía que le corresponde

2.- En el asunto del correo anotar “Solicitud de corrección de acta”

3.- Anexar al correo en formato PDF o JGP una imagen legible del acta solicitada

4.- En el contenido del correo especificar los siguientes datos:

Tipo de acta: (nacimiento, defunción, matrimonio, divorcio)

Fecha de Registro

Municipio de registro

Número de Oficialía

Número de libro

Número de acta

Descripción de los errores a corregir

Una vez que la Oficialía reciba el correo procederá a verificar la solicitud contra el acta fiel del libro.

Los errores que la Oficialía generalmente corrige son debido a dos causas

-Errores de captura. La Oficialía procede a su corrección en el sistema sin ningún costo, y notificará por correo que su acta correcta ya se encuentra en el sistema.

-Errores de asentamiento en el acta fiel. Estos errores únicamente pueden ser subsanados por las Subdirecciones u Oficinas Regionales que correspondan y en algunos casos en el Departamento Jurídico de la Dirección General de Registro Civil.

Para esta corrección, la Oficialía le notificará por correo electrónico los errores detectados y a donde acudir para complementarlos o aclararlos. El trámite tiene un costo y es presencial; la oficina que lo realice le proporcionará el monto y la línea de captura para pagar en el banco.

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