Redacción

De acuerdo con la Procuraduría Federal del Trabajo, en México hay siete días feriados o también conocidos como de descanso obligatorios; sin embargo, el próximo 2024 se sumará uno más y a continuación revelaremos cuál es y por qué deberán tomarlo los trabajadores.

Incluso, si los empleados laboran durante un día feriado, entonces deberán recibir un pago extra por prestar sus servicios en una fecha constituida como de descanso obligatorio, según el artículo 75 de la Ley Federal del Trabajo.

De ese modo, los trabajadores que se les solicite prestar sus servicios tendrán derecho a que se les pague, independientemente del salario que les corresponda por el descanso obligatorio, un salario doble, es decir, cobrarán al triple, pues se tendrá que cubrir el salario diario normal más el doble.

¿Cuál será el nuevo día feriado el próximo año?

La respuesta es el 1 de octubre, debido al cambio de Presidente en el país, el cual ocurre cada 6 años. Pero por qué el primer día del décimo mes del año, se debe a una modificación con relación a la toma de posesión del mandatario mexicano, ya que antes se hacía el 1 de diciembre.

Esta modificación se debe a la reforma de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales (LGIPE), la cual se aprobó el 17 de noviembre de 2021 y entró en vigor a partir del 1 de enero de 2023. Por ello, la transición del poder se realizará el 1 de octubre de 2024 y se repetirá cada seis años.

Hay que recordar que el día feriado por cambio de presidente cada 6 años, siempre caía en sábado o domingo, pero para 2024, el 1 de octubre caerá en martes. Mientras tanto, hay que recordar que la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo contempla otros días festivos anualmente.

¿Cuáles son los días feriados?

-El 1 de enero (Año Nuevo)

-El primer lunes de febrero (Conmemoración del 5 de febrero/Constitución de México)

-Tercer lunes de marzo (Correspondiente al aniversario del Natalicio de Benito Juárez, que es el 21 de marzo)

-El 1 de mayo (Día del Trabajo)

-El 16 de septiembre (Independencia de México)

-El tercer lunes de noviembre (Conmemoración de la Revolución Mexicana que es el 20 de noviembre)

-El 25 de diciembre (Navidad)

-Transmisión del Poder Ejecutivo Federal cada 6 años

En caso de que no se les pague como determina la Ley, entonces deberán resolver el asunto ante la Junta de Conciliación y Arbitraje. Por su parte, en caso de que el descanso obligatorio llegue a coincidir con el descanso semanal, es decir, el día domingo, entonces el patrón deberá cubrir la cuota correspondiente a la prima dominical (25% sobre el salario de los días ordinarios de trabajo).

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