Por Francisco Romero

Bajo el argumento de que la ley no puede someterse a encuestas, el ministro Luis María Aguilar propuso declarar inconstitucional la propuesta de consulta popular para enjuiciar a expresidentes que promueve el presidente de la República, Andrés Manuel López Obrador.

“Es inconstitucional la materia de consulta popular a que este expediente se refiere”, sostiene la resolución divulgada en su cuenta de Twitter el representante de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN).

“La consulta popular comprometería el adecuado funcionamiento de las instituciones de procuración e impartición de justicia, pues al someter y condicionar a la voluntad popular la decisión de si el Ministerio Público debe realizar sus labores y cumplir con sus obligaciones, se le restarían facultades y autonomía”, agrega el proyecto de resolución.

El ministro apuntó que “desnaturalizaría la finalidad de la consulta popular” y que se rompe con el principio de igualdad.

De esta manera, este jueves, la SCJN publicó el proyecto propuesto por el ministro, Luis María Aguilar, donde se señala que “el objetivo de la consulta popular debe considerarse inconstitucional”.

La “Suprema Corte de Justicia de la Nación considera que el objeto de la consulta popular debe considerarse inconstitucional, pues la materia que se solicita consultar, de acuerdo a su diseño y contenido, conlleva en sí una restricción de los derechos humanos de las mexicanas y mexicanos y una afectación a las garantías para su protección, al condicionar su efectividad y ejecución al resultado de ese mecanismo participativo; desnaturalizando con ello su propósito y finalidad”.

 

 

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