En acatamiento a una sentencia del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), el Instituto Nacional Electoral (INE) dictó medidas cautelares para retirar dos promocionales: uno de Movimiento Ciudadano (MC) y otro del Partido Acción Nacional (PAN).

Red de corresponsales

De acuerdo con el comunicado del órgano autónomo, en los dos casos, los promocionales serán retirados por contener dichos calumniosos, mientras que en uno de ellos fue por la imputación de un delito o hecho falso.

En el primer caso, el PAN denunció al MC por calumnia, derivado de la difusión del promocional denominado Contraste Aguascalientes, en su versión para radio y televisión, en perjuicio de la candidata blanquiazul a la gubernatura de la entidad María Teresa Jiménez.

Dicha denuncia fue analizada por la Comisión de Quejas y Denuncias del INE, quienes determinaron que era improcedente. Sin embargo, la Sala Superior del TEPJF revocó el acuerdo de improcedencia argumentando que “existe un riesgo que trasciende a la afectación mayor de un derecho o un principio sustancial en la materia electoral”.

Este “se debe tutelar a fin de evitar señalamientos que pueden incidir negativamente en el voto libre e informado”, pues en el spot figuraba la siguiente frase: “Si así robó como alcaldesa, imagínate como gobernadora”, la cual constituye preliminarmente la imputación de un delito o hecho falso en contra de la candidata del PAN.

Por lo que MC deberá retirar dicho promocional en un lapso de 12 horas y sustituirlo con material genérico. Mientras, el INE realizará lo correspondiente al informar a los concesionarios que no difundan el promocional por medio del Despacho de la Dirección Ejecutiva de Prerrogativas y Partidos Políticos.

Por otra parte, en el estado de Tamaulipas se ordenó el retiro de promocional, esta vez al PAN, por contener expresiones calumniosas en contra de varios funcionarios pertenecientes al partido Movimiento Regeneración Nacional (Morena).

Dicha denuncia fue presentada por el diputado de Morena, Erasmo González Robledo, por supuesta calumnia en los promocionales CAM TAM S1 y CAM TAM S2, en los que se afirma que el diputado y otros personajes del partido están ligados al narcotráfico y son parte del crimen organizado.

Entre las frases están: “son parte del crimen organizado” o “Les pagaron su carreras políticas, usaban sus aviones privados, camionetas blindadas de lujo y más”.

Los integrantes de la Comisión determinaron otorgar las medidas cautelares solicitadas pues las frases mencionadas no encuentran cobertura en la libertad de expresión y el derecho a la información ya que “podrían constituir la imputación de un delito o hecho falso contra” el diputado “sin que exista un mínimo de veracidad al respecto de los hechos que permita soportar esas afirmaciones”.

Por lo que se ordenó al PAN sustituir el promocional con material genérico o de reserva el contenido CAM TAM S1 en su versión para televisión, mientras que la Comisión determinó que en el CAM TAM S2, contenía expresiones críticas o de opinión del partido emisor en torno a la forma que se ha desenvuelto los gobiernos de Morena en la región.

Por lo que no se advirtieron de manera clara la imputación de hechos o delitos falsos a una persona en particular en el segundo promocional.

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