• En 2020, el Consejo reformó su reglamento para que los científicos pertenecientes a instituciones particulares, ya no recibieran el estímulo económico

Redacción

Jueces administrativos otorgaron la suspensión definitiva a los amparos que interpusieron más de cien investigadores que pertenecen a universidades privadascontra el nuevo reglamento del Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología (Conacyt), que a partir de 2021 los dejaría fuera del sistema aún cuando sus nombramientos siguieran vigentes.

Tras analizar los casos, los jueces aceptaron los amparos tras determinar que los investigadores estaban siendo discriminados por pertenecer a instituciones privadas, toda vez que para su ingreso al Sistema Nacional de Investigadores (SIN), eso no era una limitante y se sometieron al mismo proceso de evaluación para ser admitido, señaló Animal Político.

En el 2020, ya con María Álvarez- Buylla al frente del Conacyt, el Consejo reformó su reglamento para que los investigadores del SNI pertenecientes a universidades particulares ya no recibieran el estímulo económico. Sin embargo, cientos de investigadores tienen nombramientos por tres años, algo que el Conacyt desconoció.

Esto derivó en la tramitación de amparos por parte de los investigadores, pues si bien el Conacyt puede diseñar y reformar sus propios reglamentos, estos deben aplicarse hacia delante para quienes buscaran ingresar, pero “no cambiar las reglas sobre la marcha” para quienes ya pertenecían al Sistema Nacional de Investigadores, explicó al portal, Rodrigo Diez, abogado que lleva las demandas de amparo de 140 investigadores.

De acuerdo con los lineamientos del SIN antes de ser reformado, el Conacyt otorgaba el estímulo a todos los investigadores que aprobaran las evaluaciones previstas, y en caso de pertenecer a una institución privada, esta debía hacer previamente un convenio con el Conacyt en el que se comprometía a invertir en la generación de infraestructura tecnológica.

Rodrigo Diez explicó que la “suspensión definitiva” que lograron recientemente en los amparos de investigadores de la Anáhuac, el Tecnológico de Monterrey, la Universidad Panamericana, entre otras, significa que el juez analizará de fondo si a los investigadores se les debe aplicar el reglamento publicado el 20 de abril de 2021.

Pese a que el Conacyt aún se puede inconformar, la decisión es un avance significativo y por el momento, los investigadores siguen perteneciendo al SIN, por lo que el abogado Diez previó que al final de este año o a principios del próximo, los jueces emitan sentencia en los casos.

En el caso de los juicios paralelos de investigadores que ingresaron al SNI en 2020 y comenzarían a recibir el estímulo económico en 2021 y que, con el nuevo reglamento ya no lo recibieron, el juez también les dio la razón y a partir de la semana pasada, el Conacyt les entregó el estímulo retroactivo a 9 meses.

Sin embargo, cada investigador que se sienta afectado deberá interponer un amparo contra el reglamento, ya que el Conacyt no está obligado a reformar su estatuto, sino que estas nuevas disposiciones no se les aplicarían a quienes ganen el amparo.

Y es que de acuerdo con el abogado Rodrigo Diez, se necesitaría interponer una declaración de inconstitucionalidad para lograr que el Conacyt restableciera los lineamientos para integrar nuevamente a los investigadores de instituciones privadas.

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