El ministro Luis María Aguilar Morales propondrá al Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) declarar inconstitucional la prisión preventiva oficiosa, propuesta que de ser aprobada con mayoría calificada de ocho votos dejará de aplicarse en el país, beneficiando a miles de personas.

Aguilar Morales propone invalidar el artículo 167, párrafo séptimo, del Código Nacional de Procedimientos Penales, y el artículo 19, párrafo segundo, última parte, de la Constitución.

el ministro señala que la prisión preventiva oficiosa es desproporcionada y atenta contra los principios constitucionales.

El estudio del tema deriva de acciones de inconstitucionalidad promovidas por la Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH).

Asimismo, menciona que los efectos nocivos de la reclusión se traducen en penas anticipadas, desproporcionadas y arbitrarias que vulneran los derechos fundamentales de libertad personal, presunción de inocencia, y generan una gran variedad de afectaciones en detrimento de las personas.

“A la luz de estos elementos, a juicio de este Tribunal Pleno este asunto constituye la oportunidad idónea para reflexionar sobre el régimen de prisión preventiva en nuestro país y desterrar en definitiva su aplicación automática partiendo de que esa configuración únicamente tiene efectos perjudiciales tanto para las personas en quienes se aplica, como para el propio sistema de justicia penal en general”, detalla el proyecto.

También hace mención que, hasta junio del presente año, en el país había 226 mil 916 personas en prisión, de las cuales 92 mil 595, aún no reciben sentencia. De igual manera, enfatiza que la propia función jurisdiccional a cargo de los jueces de control se ve trastocada con la vigencia de esta figura.

“Al tenor de lo narrado, no cabe duda de que la existencia de la prisión preventiva oficiosa únicamente tiene efectos nocivos para la persona en quien se aplica, pero también consecuencias perjudiciales en relación con el sistema mismo, todo lo cual implica un atentado contra la vigencia del régimen de derechos humanos en el marco del proceso penal”, añade.

Luis María Aguilar puntualiza que esta serie de transgresiones ponen en total evidencia que el sistema mexicano de prisión preventiva oficiosa es contrario a los derechos humanos y, por tanto, la consecuencia natural e inmediata debería ser la invalidez de las normas que la establecen.

“No hay ningún argumento a favor de la existencia de esta figura, que no se encuentre ligado al uso arbitrario del poder punitivo, argumentar en favor de su vigencia sólo puede hacerse a la sombra de los derechos humanos y de forma ajena a la realidad imperante en este país”, sentenció.

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