Una de las prestaciones laborales más esperadas por la población mexicana en el cierre del año es el pago del aguinaldo, en los meses de diciembre y enero las empresas realizan un depósito adicional al sueldo a sus trabajador como parte de lo que contempla la Ley Federal de Trabajo (LFT).

Según la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo, el aguinaldo es un derecho de las y los trabajadores establecido en la LFT en su artículo 87, en el cual se desglosa que todas las personas trabajadoras recibirán un pago adicional —llamado aguinaldo— antes del 20 de diciembre como parte de sus funciones prestados a lo largo del año.

El monto del aguinaldo puede variar según el número de años laborados en la empresa, así como el tipo de cargo que se esté ejerciendo, si es en el sector público o privado. De acuerdo con la ley, el pago mínimo corresponde a 15 días de salario en un año trabajado.

¿Cómo calcular mi aguinaldo si trabajo como servidor público?

El 31 de mayo de 2023 el Diario Oficial de la Federación publicó el acuerdo mediante el cual se expidió el Manual de Percepciones de los Servicios Públicos de las Dependencias y Entidades de la Administración Pública Federal, en el cual se desglosó detalles sobre las prestaciones previstas para servidores públicos en el ejercicio fiscal de este 2023.

Ahí se compartieron de manera pública los días que por ley le tocan a todos los trabajadores del sector público con respecto a su aguinaldo.

De acuerdo con lo previsto en el Artículo 24 de dicha publicación se enuncia las prestaciones previstas para los servidores públicos sujetos a la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado.

En el apartado III explican que los servidores públicos de esa categoría tienen derecho a un aguinaldo con monto equivalente a 40 días de salario como mínimo. Según lo enuncia la ley, la mitad de este dinero deberán recibirla antes del 15 de diciembre, mientras que el resto antes del 15 de enero.

“III. Un aguinaldo anual, que recibirán los servidores públicos por un monto equivalente a 40 días de salario cuando menos, que deberá cubrirse en un 50 por ciento antes del 15 de diciembre y el 50 por ciento restante a más tardar el 15 de enero, en los términos de las disposiciones que correspondan”, detalla el Manual de Percepciones.

Por otra parte, las prestaciones previstas para los servidores públicos sujetos a la LFT, su cálculo del aguinaldo se calcula de la siguiente manera:

En el Artículo 25 apartado III se detalla que un aguinaldo para un servidor público es equivalente a 15 días de salario como mínimo, éste deberá de cubrirse antes del 20 de diciembre. “III. Un aguinaldo por un monto equivalente a 15 días de salario cuando menos, que deberá cubrirse antes del día 20 de diciembre”, especificó.

Cabe apuntar que este porcentaje es el que normalmente reciben la mayoría de los trabajadores tanto del sector público así como del sector privado.

En días recientes Manuel Baldenebro Arredondo, integrante de la bancada de Morena y presidente de la Comisión del Trabajo en la Cámara de Diputados, presentó una propuesta para aumentar el aguinaldo de los y las trabajadoras, se llamaría aguinaldo digno.

El proyecto busca que en lugar de 15 días mínimos de base para un aguinaldo sean 30, así para que aumente la cifra que reciban los trabajadores a fin de año. Sin embargo, debido a que aún es una propuesta, se sigue discutiendo la propuesta, en consecuencia no se podría asegurar si se aprobará o no en este periodo.

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