Redacción

La Declaración es un trámite obligatorio que los contribuyentes en México deben realizar cada año ante el Servicio Administrativo Tributario (SAT).

En el informe los contribuyentes informan sobre sus ingresos, deducciones autorizadas y personales, retenciones durante el año fiscal correspondiente, así como sus pagos provisionales.

¿Cuándo debe realizarse?

La fecha para realizar dicho trámite depende de acuerdo a si se trata de una persona física -aquella que realiza cualquier actividad económica- o de una persona moral -tiene su propia denominación o razón social-.

En el primer caso, los contribuyentes podrán presentar la Declaración Anual 2023 del 1 al 30 de abril, mientras que la fecha para personas morales es del 1 de enero y hasta el 1 de abril.

Este periodo también cambia para personas morales sin fines de lucro- Y es que, de acuerdo con información del SAT, estas debieron presentar el trámite a más tardar el 15 de febrero.

¿Quiénes están obligadas a presentarla?
Como se mencionó párrafos arriba, las personas obligadas para presentar la Declaración se dividen de acuerdo con sus actividades e ingresos.

Así, dentro de las personas físicas se encuentran aquellas que hayan obtenido ingresos por:

Régimen Simplificado de Confianza
Sueldos y salarios e ingresos asimilados a salarios
Régimen de Actividades Empresariales y Profesionales
Régimen de Incorporación Fiscal Enajenación de bienes
Régimen de Actividades Empresariales con ingresos a través de Plataformas Tecnológicas
Régimen de Arrendamiento
Intereses
Premios
Dividendos
Ingresos mayores a 400 mil pesos
Si se dejaron de prestar servicios antes del 31 de diciembre del año que se trate
Ingresos de dos o más patrones de manera simultánea
Si se percibieron ingresos de empleadores no obligados a hacer retenciones, como es el caso de organismos internacionales

En este rubo el SAT precisó que las personas que están exentas de presentar la declaración anual son aquellas que se ubican en cualquier de los siguientes supuestos:

Si se obtuvieron ingresos exclusivamente por salarios de un solo patrón, siempre que se haya emitido un recibo de nómina por la totalidad de los ingresos. Incluso si estos rebasaron los 400 mil pesos.
Si se obtuvieron ingresos por salarios e intereses nominales que no hayan excedido de 20 mil pesos.
Mientras que la persona moral es un ente creado por el derecho y a pesar de que no tienen una realidad material o corporal, la ley les otorga capacidad jurídica para tener derechos y obligaciones.

Dentro de estos sujetos se encuentran:

Régimen general
Régimen opcional para grupos de sociedades
Régimen de los Coordinados
Régimen de Actividades Agrícolas, Ganaderas, Silvícolas y Pesqueras
Régimen Simplificado de Confianza
Sin fines de lucro

¿Qué se necesita para declarar?
Para la declaración anual, los contribuyentes deben tener a la mano ciertos documentos, como Registro Federal de Contribuyentes (RFC), a 12 dígitos con homoclave, servicio de banca electrónica con el banco de preferencia, generar o renovar una contraseña para acceder al sitio, así como firma electrónica vigente.

La firma debe estar vigente (su vigencia es de cuatro años) y en caso de que esté próxima a vencer o tenga menos de un año de que esto haya ocurrido, no es necesario acudir a una oficina ya que puede renovarse desde el Portal del SAT.

La Declaración Anual -como se mencionó anteriormente- es una obligación fiscal que los contribuyentes deben realizar ante el SAT.

Esto no solo para evitar problemas con la autoridad tributaria, sino también para determinar si los contribuyentes tienen derecho a recibir una devolución de impuestos o si, por el contrario, debe realizar un pago adicional.

Ahora que ya conoces la fecha límite para cada régimen de incorporación, no olvides realizar tu Declaración Anual.